martes, 20 de noviembre de 2007

PRESION TRIBUTARIA

CONCEPTO

Es la relación existente entre la exacción fiscal soportada por una persona física, un grupo de personas o una colectividad territorial, y la renta que dispone esa persona, grupo o colectividad.

Hay tres concepciones de presión tributaria:

  • Individual
  • Sectorial
  • Tributaria Nacional

PRESION TRIBUTARIA INDIVIDUAL: la relación surge de comparar el importe Total de la deuda fiscal de una persona con su Renta (formula resistible ya que no se tiene en cuanta los servicios concretos que el contribuyente recibe).

PRESION TRIBUTARIA SECTORIAL: surge de comparar la relación entre el importe de la deuda de un determinado sector (agrícola, industrial, comercial, etc.) con la renta que produce el sector.

Este porcentaje puede ser interesante dentro de la política fiscal, es difícil de establecer la Presión Tributaria sectorial, ante la imperfección de las estadísticas.

PRESION TRIBUTARIA NACIONAL: es la relación entre el conjunto de tributos y la riqueza de la colectividad.

Cosciani dice que este concepto está ligado a la idea de sacrificio impuesto a la colectividad a causa de la detracción fiscal.

La presión es tolerable o excesiva, quiere expresarse que el sacrificio impuesto a la colectividad por el Estado es tolerable o excesivo.

Nehl expresa que el sacrificio es nulo si el gasto es igual a recurso público, dado que el dinero vuelve a la comunidad.

La Presión tributaria, expresa el grado de intervención del Estado en la vida económica y social y la importancia de las funciones asumidas por el Estado.

PRESION TRIBUTARIA ORDINARIA: sería la relación entre los recursos del estado y la renta de los particulares.

PRESION TRIBUTARIA EXTRAORDINARIA: reflejaría la relación entre los recursos extraordinarios del Estado y el patrimonio de la colectividad.

INDICE DE MEDICION DE LA PRESION TRIBUTARIA: las complicadas fórmulas al respecto son materia de economía financiera, pero el índice mas elemental de la Presión Tributaria es la relación entre el monto de la detracción de un período (generalmente un año) y la renta nacional en ese mismo período.

Por ejemplo: si la renta nacional es 100 y la recaudación es 20, diremos que la presion tributaria será del 20%.

T
PT=

R

Donde

PT: presión tributaria;

T: Tributación (suma de todos los tributos [impuestos, tasas, contribuciones, especiales y particulares, nacionales, provinciales, municipales])

R: Renta Nacional (la suma de todos los ingresos establecido en un periodo dado, por los factores que han cooperado a la producción de bienes y servicios.

La doctrina económica se inclina actualmente a medir la Presión Tributaria no sobre la Renta Nacional, sino por el P.B.I. a precios de mercado.

Entonces la fórmula sería:

T (tributación)
PT =

PBI (Producto Bruto Interno)

Esta fórmula, PBI significa el Producto Bruto Interno a precios de mercado, o sea, el valor anterior a la amortización de los bienes y servicios finales obtenidos por los factores de la producción situados dentro del territorio del país en un período dado.

El concepto de PBI en lugar de Renta Nacional se simplifica, el PBI es más fácil de medir ya que elimina la amortización y prescinde de la incidencia de los impuestos indirectos, que son elementos clásicos y difíciles de evaluar en forma similar.

LIMITES DE LA IMPOSICION

Desde el punto de vista técnico la acción y efecto de exigir impuestos puede no tener límite.

Mehl dice que el proceso de redistribución podría llegar hasta que el total de las Rentas fuera absorbido por el impuesto y en que los bienes y servicios prestados a la población fueran totalmente gratuitos, esto daría como resultado una sociedad comunista en estado puro, de lo cual se deduce que teóricamente pueden no existir límites a la imposición y que ello depende de la estructura política y económica del país.

En las economías libres existen límites que no deben pasarse para no provocar una presión Tributaria excesiva.

Debemos tener en cuenta que una Presión Tributaria excesiva produce evasión tributaria, emigración de capitales y decaimiento de la producción.

Cuales son esos límites?

Entramos en una generalización peligrosa. Los fisiócratas decían que la imposición no podía ser más del 20% de las rentas individuales, otros autores establecían otras proporciones, así Proudhon sostiene una máxima del 10%, y Clark aumenta el porcentaje al 25%.

Pero todo esto depende de circunstancias tales como: grado de desarrollo del país, forma de distribución de riqueza, estructura y perfección del sistema tributario.

El francés Mehl dice que dentro de la relatividad del concepto de medición tributaria y el límite de imposición es de esperar que la técnica económica y fiscal permita establecer en el futuro con satisfactoria precisión estos conceptos.

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